Lo indígena, la diversidad y el derecho social en México: breve balance de un porvenir
- Comunicacion Fondo para la Paz
- 30 jul 2025
- 6 Min. de lectura
Actualizado: 26 sept 2025

¿Quién nombra a quién y qué tipo de relación naturaliza al hacerlo? es la pregunta que controvierte la historia del término “indígena”. Sería vano indagar en las características internas de aquello a lo que nos referimos como “indígena”, ya que el término no busca nombrar propiedades de las personas ni de las culturas. Más bien, designa una categoría de uso público administrativo en torno a las comunidades y/o pueblos que tienen una historia territorial más antigua que la sociedad que las engloba; una forma de reconocer que alguien ya “estaba ahí” antes de que existiera la potestad sobre dicho territorio.
Pero las palabras no son prisiones. En México, los antecedentes del término parten de un proyecto integracionista posrevolucionario (de asimilación e inclusión sin reconocimiento de las diferencias) hacia una visión plural y presuntamente autonomista. Un antecedente clave de esta transición fue la ratificación del acuerdo 169 de la OIT a inicios de los años noventa (DOF, 1991), en el que se reconocen y salvaguardan los derechos de los “pueblos indígenas y tribales”. Si bien, esto fue un logro en papel, años más tarde con el levantamiento zapatista, los Acuerdos de San Andrés sobre Derechos y Cultura Indígena en 1996 y la reforma constitucional en materia indígena del 2001, lo “indígena” tomaría un rumbo diferente en el ámbito jurídico y social de México. De ahí que, pese a la historia colonial que engendra la palabra “indígena”, actualmente sea más común percibirla como vehículo de la identidad y la lucha social. Entonces, ¿cómo definir el término?
Dado que lo “indígena” abarca un espectro de variación y contraste que ninguna definición podría integrar como un colectivo homogéneo (Batalla, 1972), la única propiedad constante en el término es la variabilidad misma (de culturas, de fenotipos, de territorios, etc.). De ahí que quizás uno de los rasgos más importantes de —lo indígena— sea la diversidad. Sabemos que existe un vínculo inseparable entre la diversidad cultural y la variabilidad biológica, y la reconocemos como patrimonio biocultural (Toledo y Barrera, 2008; Boege, 2021). Por tanto, si la cultura también es biológica y la diversidad depende de la interacción de los organismos que la dinamizan, entonces ponderar esta relación es crucial para garantizar la sostenibilidad de los proyectos de desarrollo desde cualquier nivel y alcance en que se formule.
Uno de los referentes constitucionales que vela por esta relación es la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA, DOF, 1988). En el contexto de este reconocimiento más amplio de la bioculturalidad, la LGEEPA ha sido recientemente adicionada con los artículos que explicitan el reconocimiento y la promoción del derecho de los pueblos indígenas y afromexicanos a participar en las decisiones que afecten directamente a sus territorios (LGEEPA, DOF, 2022-2024).
El valor de la diversidad biocultural no radica en la idea de un muestrario que se nos presenta como colección de museo. La diversidad es un activo que da cuenta de la creatividad y adaptación de los seres vivos respecto a los entornos que habitan. Estos entornos son dinámicos y sostienen sistemas complejos de vida. Cuando hablamos de este patrimonio en un contexto como el de México, hablamos de un extenso territorio distribuido en distintos biomas que, a su vez, albergan una variedad de ecosistemas terrestres, marinos y dulceacuícolas, relacionados con al menos 69 lenguas reconocidas de forma oficial (incluyendo el español), y distribuidas en 11 familias lingüísticas con más de 364 variantes dialectales (DOF, 2003; INALI, 2015).
Siguiendo la correlación directa entre diversidad biológica y cultural, podemos decir que la diversidad se sostiene en el antecedente de nuestros distintos orígenes cosmológicos, y que por cada territorio existe un modo de vida y un tipo de conocimiento del entorno que lo sustenta. Como muestra de lo anterior, vale señalar que del total de idiomas hablados en el mundo (alrededor de 7,000), 69.5% coinciden, al mismo tiempo, en concentrar una alta biodiversidad y ser consideradas lenguas indígenas en sus respectivos contextos nacionales (Gorenflo, et al., 2012). Sin embargo, los pueblos indígenas representan globalmente menos del 6% de la población total, dato que contrasta con el caso del territorio mexicano donde 19% de la población total se identifica como parte de un pueblo indígena (INEGI, 2020). En otras palabras, unos pocos custodian la diversidad global.
En materia del derecho social, uno de los caminos que ha tomado el actual paradigma en materia indígena es el de la autonomía local: desde el diseño de política pública hasta las plataformas de participación ciudadana. Ejemplo reciente de lo anterior ha sido la reforma al Artículo 2 constitucional que reconoce a los pueblos indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho público, misma que preparó el terreno para que dichas comunidades reciban, administren e implementen una parte del recurso federal del ramo 33 mediante asignación directa de presupuesto. Asimismo, la representatividad jurídica es otro de los retos que se han comenzado a brechar, ya que algunas plazas de interés público son ocupadas de forma inédita por parte de personas que integran comunidades indígenas (más allá de la aplicación de cuotas u otros mecanismos de inclusión similares). Por supuesto, falta mucho camino y aún más si revestimos esta reflexión en términos de género y diversidad sexual.
Algunos de estos desafíos actuales radican en armonizar este binomio —indígena y biodiversidad— por distintas vías como la conformación de órganos de participación y observancia para la defensa del territorio y la gestión socioambiental de la mano de los propios pueblos. Ejemplo incipiente de lo anterior es la reciente conformación de las Contralorías Autónomas del Agua en diversas entidades (desde el caso de la gestión hídrica). Asimismo, cabe mencionar la iniciativa de una reforma constitucional para reconocer la medicina y la partería tradicional, así como los saberes, las prácticas de salud y las personas que las ejercen. Otro desafío por enfrentar es el de la accesibilidad y adecuación de la educación superior para que los y las integrantes de pueblos indígenas y afromexicanos se especialicen en campos profesionalizantes de los ámbitos social, cultural, político y económico del país, teniendo la oportunidad de ejercer desde lo local.
Lo que comenzó como un término controvertido, se nos presenta como una promesa de vivir mejor, entendiendo “mejor” como coexistir en la diversidad, y en donde cada una de las partes dignifican su modo de vida. Lo cierto es que de repente las ciudades se vuelven difíciles de habitar. El encarecimiento de la vivienda, la escasez de espacio, la falta de servicios y agua sana relativizan cada vez más la calidad de vida en contextos urbanos. De pronto nos damos cuenta de que no todo progreso avanza en línea recta, y de que, lo que alguna vez fue considerado signo de atraso, hoy en día es la promesa de un porvenir.
-Rodrigo Martínez Antonia- Técnico Comunitario, Huasteca⋅ Fondo para la Paz IAP
-Ferdinando Armenta- Coordinador Estatal, Huasteca ⋅ Fondo para la Paz IAP
Referencias bibliográficas
Batalla, Guillermo Bonfil (1972). El concepto de indio en América: una categoría de la situación colonial. Boletín Bibliográfico de Antropología Americana, vol. 39, núm. 48, pp. 17-32.
Boege, Eckart (2021). Acerca del concepto de diversidad y patrimonio biocultural de los pueblos originarios y comunidad equiparable. En: Construyendo territorios de vida con autonomía y libre determinación. BUAP, INAH.
Diario Oficial de la Federación [DOF] (1988). Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, publicada el 28 de enero de 1988.
Diario Oficial de la Federación [DOF] (1991). Decreto promulgatorio del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, 29 de enero de 1991.
Diario Oficial de la Federación [DOF] (2003). Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, publicada el 13 de marzo de 2003.
Gorenflo, Larry J., et al. (2012). Co-occurrence of linguistic and biological diversity in biodiversity hotspots and high biodiversity wilderness areas. Proceedings of the National Academy of Sciences, vol. 109, no. 21, pp. 8032-8037.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía [INEGI] (2020). La población indígena en México, XIV Censo General de Población y Vivienda.
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas [INALI] (2015). Las 364 variantes de las lenguas indígenas nacionales, con algún riesgo de desaparecer: Inali. Disponible en: https://www.inali.gob.mx/detalle/las-364-variantes-de-las-lenguas-indigenas-nacionales-con-algun-riesgo-de-desaparecer-inali
Toledo, Víctor Manuel y Barrera Bassols, Narciso (2008). Memoria biocultural. La importancia ecológica de las sabidurías tradicionales. Barcelona: Icaria editores. (Perspectivas Agroecológicas).






